Lo tremendo es que le tiemblen las piernas al PP, pero el centroderecha español siempre ha sido muy melindroso.
La política española vuelve a vibrar en torno al pasado reciente, con el último episodio en el Senado: los letrados de la Cámara Alta han emitido un informe demoledor que califica de “inconstitucional” la reforma legislativa impulsada por el Gobierno Sánchez y los sectarios del PSOE para disolver la Fundación Francisco Franco.
La advertencia, lejos de ser anecdótica, pone de relieve las tensiones entre los objetivos de memoria democrática y la protección de derechos fundamentales, en una España donde el debate sobre el legado del franquismo sigue vivo casi medio siglo después de la Transición.
La reforma, tramitada como proposición de ley orgánica y aprobada recientemente en el Congreso con el respaldo mayoritario del PSOE y sus socios parlamentarios —pero sin el apoyo de PP ni Vox—, aspira a modificar la Ley Orgánica 1/2002 del Derecho de Asociación.
El objetivo es claro: permitir la disolución forzosa de entidades que exalten el golpe de Estado de 1936, la dictadura o a sus dirigentes, especialmente si tal exaltación supone menosprecio para las víctimas del franquismo. Detrás del movimiento está la voluntad política de cerrar el círculo legal que impida a la Fundación Francisco Franco reinventarse bajo otra figura jurídica.
El dictamen jurídico: cinco derechos fundamentales en juego
Los letrados del Senado no han escatimado en argumentos. Su informe sostiene que la reforma vulnera al menos cinco derechos fundamentales recogidos en la Constitución Española: libertad ideológica, libertad de expresión, derecho de asociación, legalidad penal y seguridad jurídica. Según su criterio, los conceptos empleados en la ley —como “ensalzamiento” o “apología”— resultan vagos e indeterminados, lo que abriría la puerta a interpretaciones arbitrarias y sanciones desproporcionadas.
En particular, advierten que se estaría castigando opiniones o manifestaciones ideológicas sin que exista una conducta concreta que atente contra bienes jurídicos protegidos más allá del propio debate histórico o político. En otras palabras: se podría ilegalizar una fundación simplemente por defender una visión favorable al franquismo, sin necesidad de incurrir en actos violentos o discriminatorios. Un terreno peligroso para cualquier democracia consolidada.
Antecedentes: una larga batalla legislativa
No es la primera vez que el Parlamento español intenta cercar a las entidades vinculadas al franquismo. La Ley de Memoria Democrática ya contemplaba medidas contra fundaciones que no persigan fines de interés general o humillen a las víctimas, pero carecía del rango suficiente para modificar los derechos fundamentales protegidos por leyes orgánicas. De ahí la necesidad de esta nueva reforma específica, impulsada con urgencia tras varios intentos infructuosos.
El propio Ministerio de Cultura había iniciado trámites para ilegalizar la Fundación Francisco Franco, pero los obstáculos legales obligaron a buscar una vía más contundente. El debate parlamentario ha sido intenso; Vox se ha opuesto frontalmente calificando la iniciativa de “censura” y “atropello intolerable”, mientras que el PP optó por abstenerse alegando falta de informes técnicos y rechazo a sus enmiendas.
Reacciones políticas: polarización al rojo vivo
El informe de los letrados ha desatado una tormenta política. Para el PSOE y sus aliados, se trata de un dictamen técnico no vinculante que no puede frenar una demanda social largamente sostenida: eliminar cualquier resquicio legal al franquismo institucionalizado. Desde Unidas Podemos hasta ERC han cerrado filas denunciando lo que consideran “excusas jurídicas” para mantener viva una anomalía democrática.
Por su parte, PP y Vox han encontrado munición para criticar lo que ven como un uso partidista del pasado y una deriva autoritaria. El Partido Popular subraya los riesgos jurídicos y reclama un consenso más amplio, mientras Vox denuncia un ataque directo contra las libertades fundamentales.
Consecuencias posibles: ¿y ahora qué?
- Si el Senado asume el criterio de sus letrados e introduce modificaciones sustanciales al texto legal, podría devolverlo al Congreso y retrasar —o incluso impedir— su entrada en vigor.
- El Gobierno podría optar por mantener el pulso político e ignorar parcialmente las advertencias jurídicas, confiando en que el Tribunal Constitucional avale finalmente su posición.
- En caso contrario, si el Constitucional declarase inconstitucional alguno de los artículos clave tras un posible recurso —más que probable si se aprueba tal como está—, España volvería al punto inicial: con una ley simbólica pero inoperante.
- Mientras tanto, asociaciones como la Fundación Francisco Franco seguirían operando con normalidad hasta nueva orden judicial o administrativa.
Curiosidades jurídicas y políticas
- No es habitual que los letrados del Senado emitan informes tan críticos sobre reformas legislativas impulsadas por mayorías sólidas.
- La Fundación Francisco Franco fue creada en 1976, apenas un año después de la muerte del dictador; desde entonces ha sido objeto recurrente de polémica política.
- Otros países europeos han prohibido legalmente organizaciones ligadas a regímenes totalitarios (por ejemplo, asociaciones neonazis en Alemania), pero siempre tras sentencias judiciales muy precisas y con garantías reforzadas.
- La Ley Orgánica 1/2002 protege el derecho fundamental de asociación con carácter general; modificarla requiere mayorías reforzadas y argumentos muy sólidos.
- Los propios portavoces socialistas han admitido públicamente durante el debate parlamentario que esta reforma puede ser recurrida ante el Tribunal Constitucional —y casi nadie duda ya de que así será—.
En definitiva, España vuelve a debatirse entre memoria histórica y garantías constitucionales… Y mientras tanto, los juristas hacen horas extra intentando descifrar dónde termina la apología ideológica y dónde comienza el delito. Como diría un clásico: “Estos polvos traen estos lodos”.